Consejo Unitario de Trabajadores Cubanos

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Julio/17/04

SITUACIÓN  ACTUAL DE  LA  PROVINCIA DE MATANZAS 

SECTOR CAMPESINO

Los campesinos matanceros presentan diversos niveles.  El  independiente es aquel que se encuentra incorporado a una cooperativa o unidad básica de producción, entidades dirigidas por el Estado, donde labora por un salario que no se corresponde con lo que hace y  apenas le alcanza para la subsistencia. Este obrero asiste al trabajo mal calzado y con ropas en pésimo estado y con poca  nutrición. A pesar de ser  productor directo de alimentos, su situación  deja mucho que desear. Por su pare, el campesino “independiente” es quien conserva sus bienes de producción, y no se ha  incorporado a las cooperativas.  Aunque se le  promete  ayuda con fertilizantes, petróleo y otros renglones, esos recursos, importantes para la producción,  se reciben en cantidades insuficientes. También están los llamados “pequeños agricultores”, obligados a entregar al Estado parte de su producción, entre ellos: leche, granos, viandas, cerdos, etc., recibiendo a cambio precios  irrisorios.

SECTOR AZUCARERO

La situación de la industria azucarera es difícil. Algunos centrales de la provincia no pueden participar en la actual contienda, lo cual trae por consecuencia que miles obreros de ese sector se vean privados de esa producción y del salario correspondiente. A tal efecto el Estado ha abierto centros educacionales a los cuales asisten los obreros, como estudiantes, con el objetivo de recibir superación técnica, pero estos trabajadores se encuentran en la categoría de desvinculados. El obrero recibe un  salario por estudiar pero, ¿qué le sucede a quien desaprueba? ¿El Estado continuará pagándole  un  salario  conociendo que  ya no tiene cabeza para estudiar o carece de interés? Esta m medida ha traído por consecuencia que obreros de cierta edad, desvinculados del estudio,  se vean en la obligación de solicitar la baja de la escuela y con ello el beneficio salarial. Se ofrece la oportunidad pero  al no poder responder con el aprendizaje, queda como si fuera por  culpa del trabajador-estudiante. El fluir de los camiones, carretas y otros medios mecánicos daban vida a los poblados donde existían centrales azucareros. Los que desactivaron sus centrales  carecen de actividad laboral, con sus consecuencias nefastas.  El central “Tinguaro” ubicado en el municipio Colón (luego del lero. De enero de 1959  llamado Sergio Gonzáles) y el “España Republicana”, en Perico, tienen una alarmante situación, Al primero se le extrajo la maquinaria, para ubicarla en otros centrales de la provincia. Esta industria, que fue gran productora,  se encuentra desmantelada y su estado constructivo es deplorable. Para poner en funcionamiento esta fábrica es preciso invertir millones de dólares. Los moradores del batey “Tinguaro”, que un día fuera uno de los mejores ingenios de la provincia, viven en el tedio y sin esperanza de revivir su población laboral y su ingenio. El “España Republicana”, considerado un coloso, tiene sus máquinas paralizadas. Todo ello constituye  motivo de preocupación para los vecinos, quienes  ven su industria paralizada. La desesperanza invaden a los habitantes de estos bateyes.

HOSPITALES Y POLICLÍNICOS

La provincia cuanta con 9 hospitales (8 civiles y uno militar) ubicados 5  en matanzas  (4 civiles y uno militar), Colón l, Jagüey Grande l, Jovellanos l y  Cárdenas l. Hay casos en que los pacientes, o sus familiares, tienen que garantizar el medicamento, ejemplo la kanamicina, Insulina U-100, etc. Existe carencia de hilo para saturar, las radiografías se realizan en forma irregular, por no contar con la cantidad suficientes. El salón de operaciones es para casos graves y/o urgentes, por no contar con anestesia suficiente y  otros recursos.  Decenas de equipos se encuentran rotos y el instrumental necesita reposición. En las clínicas dentales es hay carencia de anestesia para las extracciones. Las prótesis presentan atrasos por falta de materiales; el instrumental necesita reposición y los equipos están faltos de mantenimiento.  En los policlínicos el medicamento de los cuerpos de guardia es insuficiente, falto, por ejemplo, la dextrosa al 5, 10 y 20%, gasas, etc.; los laboratorios carecen de reactivos para hacer los análisis de urgencia y las radiografías son limitadas. Las farmacias presentan falta de medicamentos  como pudieran ser las  gotas óticas, cimetidina, captopril, entre otros.

CENTROS EDUCACIONALES

Con el de cursar del tiempo los centros educacionales se han deteriorado en escala ascendente, por falta de mantenimiento y pintura. La base material de estudio está incompleta, hay asignaturas donde un libro de texto es utilizado por más de un alumno, además de encontrarse en mal estado (sucios, faltos de páginas, etc.); pupitres y pizarras en pésimas condiciones; laboratorios sin los equipos necesarios para que los alumnos trabajen, tales como: microscopios, probetas, tubos de ensayo, mecheros, reactivos químicos, …;  los talleres se encuentran “canibaleados”  y no existen: martillos, serruchos, destornilladores, pinzas,  llaves ajustables, …;  el uniforme escolar es uno por cada estudiante, por  el período de tránsito por el nivel educacional (6 años en la enseñanza primaria y 3  en la  media); las libretas y lápices son recibidos en forma restringida y, en ocasiones, la escuela no cuenta con ellos para su reposición, siendo los padres los encargados de procurarlos a sus hijos, adquiriéndolos en las tiendas de divisa, a elevados precios; los recursos docentes para que el estudiante realice sus trabajos no pueden ser garantizados, se trata de: compás, reglas, cartabones y semi-círculos. Estos recursos son adquiridos por los padres, en dólar. La merienda escolar es una simple panetela, conocida con el popular nombre de “tranca buche”, de ahí que los padres  provean de alimentos a sus hijos, en días de visita a esos centros. Las   áreas disponibles carecen de  implementos para que los alumnos efectúen ejercicios capaces de desarrollarlos físicamente. Las canchas de baskeboll están faltas de pintura, muelles en mal estado, falta de alumbrado eléctrico, guantes, bates,  pelotas de béisbol y otros medios deportivos.

POLÍTICA LABORAL

La política laboral se recrudece en los trabajadores que por su modo de pensar difieren de la línea gubernamental. Estos obreros son propensos a  recibir sanciones laborales arbitrarias, que van desde la falta de idoneidad hasta la no confiabilidad. En la provincia muchos de ellos  han sido separados de sus puestos de trabajo por no “ser confiables”

VIVIENDA

Tras el paso del meteoro “Michelle”, noviembre del 2001, se vieron afectados 6 municipios (Los Arabos, Colón, Perico, Jovellanos, Jagüey Grande y Ciénaga de Zapata); Total o parcialmente se destruyeron decenas de miles de viviendas, cuyo estado constructivo, después del acontecimiento, no es el mejor; la situación de la vivienda y el estándar de vida del trabajador guardan relación con la dolarización de la economía. No es el salario el que decide sino el dólar, ya que su acceso juega un papel preponderante en la vida y en la vivienda de cada trabajador; es como decir: “si no tienes no puedes”. Los materiales de construcción para ampliar, remozar y/o construir una vivienda son garantizados en cantidades ínfimas, que no alcanzan. El obrero se ve en la necesidad de acudir al mercado negro, donde existen estos recursos, a altos precios en moneda nacional. Al trabajador que no tiene acceso al dólar le resulta difícil  reparar la vivienda donde habita, por cuanto el salario recibido no le permite satisfacer esta necesidad.

ADOLESCENCIA Y JUVENTUD

En la provincia existen pocos espacios donde la juventud y la adolescencia puedan esparcir sus ratos de ocio. Las llamadas discotecas, situadas en las cabeceras de los municipios, son lugares donde asisten jóvenes y adolescentes para iniciarse en el uso y consumo de alcohol, cigarrillos y drogas. Aunque existe una ley que sanciona a quien venda  bebidas alcohólicas y cigarrillos a menores, lo cierto es que jóvenes y adolescentes acuden a estos sitios y allí compran esos productos, violando, los vendedores, la  ley. El hábito de fumar  se ha enraizado en jóvenes y adolescentes que, para estar en “sintonía y en onda”. La sexualidad es otro de los males que se ha incrementado entre los jóvenes  y adolescentes. El estado se pronuncia porque los jóvenes no tengan sexo antes de estar maduros física y biológicamente, pero el adolescente, en busca  de experiencia,  establece una relación sexual no protegida, con el consecuente aumento de enfermedades tales como: condyloma, herpes genitales y gonorreas, entre otros. El consumo de drogas, sobretodo en Varadero y Ciénega de Zapata, va en ascenso a medida que el tiempo transcurre.

AMAS DE CASA

El mayor reto que tienen las amas de casa es el plato de comida a llevar a la mesa. La elaboración de los alimentos conlleva esfuerzo, sacrificio y  preocupación, por cuanto es conocido que la canasta básica no alcanza  solo para unos días. El mes se compone de 30 almuerzos y 30 comidas,  a elaborar 60, cuando lo recibido alcanza  para algunas  comidas. Los condimentos y demás productos necesarios para la elaboración de los alimentos se comprar a precios desfavorables, en  agro mercados estatales o a vendedores ambulantes.

MUJER TRABAJADORA

En este sector la situación es compleja y más difícil que lo afrontado por las amas de casa, por cuanto la mujer trabajadora  enfrenta  una doble jornada. Al llegar a la casa, cansada y agotada, tiene que enfrentar los retos del ama de casa, solo que en su caso el tiempo es limitado ya que sale de su hogar por la mañana y  regresa por la tarde, siendo

SECTOR EDUCACIONAL

A los obreros del sector educacional se les aplica una escala salarial que lejos de proporcionarle bienestar, los obliga a cumplir actividades y objetivos que no tienen que ver con la educación de los estudiantes. Entre ellos participar en trabajos voluntarios convocados por el centro, actos políticos efectuados dentro y fuera del plantel, días de la defensa; cumplir con el pago de las milicias de tropas territoriales y otros. Para   transitar por la escala salarial el educador depende de una evaluación integral, realizada al finalizar el curso escolar, la que está en correspondencia con el cumplimiento de las actividades anteriormente señaladas y otras que  pudieran presentase durante el año escolar.

 SITUACIÓN DE LOS CUENTA PROPISTAS

 Cuando se hizo firme la ley que autoriza la libre incorporación al trabajo por cuenta apropia, miles de matanceros se incorporarse a éste, irrumpiendo una representativa fuerza laboral. Con el pequeño negocio privado el Estado se vio obligado a adoptar   medidas que impidieran la consolidación de los cuentapropistas, como clase económica independiente.  Para poner coto a su desarrollo se instituyó el  impuesto, la  visitas de inspectores estatales que por cualquier motivo pueden poner multas de hasta mil quinientos pesos, cierre de locales por encontrarlos no aptos higiénicamente para el expendio de alimentos;  encadenamiento a las tiendas en divisa, ya que deben ser presentado los vales de compra de los productos en venta. Esta medida trajo por consecuencia que se adquieran, por vía no convencional, dichos vales, además de otros males dimanados de la actividad, en aras de mantener el negocio, a toda costa, contra los inspectores desmedidos.

SECTOR DE LA SALUD

En este sector  las metas atentan contra el buen desenvolvimiento de la actividad, al encontrarse los médicos de la familia obligados a cumplir planes que  comprenden, por ejemplo: 3 esputos, de 5 a 25 pruebas citológicos, 5 exámenes de gota gruesa, entre otros. Si al finalizar el mes estas metas no han sido cumplidas la evaluación no será satisfactoria y el incumplimiento puede acarrear afectación salarial hasta un 5%, o la Dirección Municipal de Salud Pública determinar hasta un 15%. Para no afectarse salarial mente se envían a laboratorios clínicos  pacientes, para realizar esos exámenes aunque no sean necesarios. Ejemplo, por una gripe indicar  examen de esputo. De igual forma se trabaja en los restantes parámetros contemplados dentro del “Plan”. El aumento salarial en este sector obliga a los trabajadores a actuar en contra de su ética profesional, para no afectarse  salarial mente.

SECTOR DEL TURISMO

Muchos trabajadores profesionales han renunciado a su especialidad para incorporarse, como simples trabajadores,  a laborar en  hoteles y villas turísticas. Ingenieros, técnicos y  licenciados, entre otros, laboran de barman, carpeteros, jardineros, ayudantes de cocina, etc. esos trabajadores, a diferencia de otros, reciben propina en dólar y tienen una alimentación  balanceada y nutritiva. No obstante a esas prerrogativas esos  están en la obligación de entregar un por ciento de su propina al Estado, no recibe el justo valor de su salario para lo cual se preparó en las universidades. A pesar de ser considerado este sector  como privilegiado, su trabajador no escapa a las leyes de su explotación laboral socialista. No es lo mismo un salario de $200.00 dólares que de $200.00 pesos cubanos. La diferencia es ostensible.

 AGROMERCADOS ESTATALES

Los productos liberados del agro mercado estatal (no normado) son adquiridos a precios no asequibles a la población trabajadora. Los productos comercializados en las tiendas cuya venta es en divisa son, precisamente, los más necesitados por el pueblo y para adquirirlos es necesario el dólar. Si i  este no se posee hay que adquirirlo en la calle, a 28 pesos cubanos y más, debido a que en Matanzas el dólar no se vende por el Estado. Los precios son abusivos, sobre todo cuando se necesita  convertir en dólar el dinero cubano.

TRANSPORTE

Para el disfrute del turismo  existen confortables y modernos medios de transporte tales como: ómnibus, automóviles y taxis, con aire acondicionado y  recursos que hacen placentero el traslado de un lugar a otro. Decenas y decenas de ellos están  a  disposición de los turistas, en los polos turísticos de Varadero y Ciénaga de Zapata. Una situación diferente presenta el pueblo trabajador. Los llamados “camellos” y “transbus”  son  rastras preparadas, carentes de confort, donde se hacinan las personas. Este es el medio frecuente de los matanceros, ya que los ómnibus en circulación son apenas unos cuantos y no abastecen la demanda popular. El transporte provincial ha declinado vertiginosamente. Decenas de ómnibus y taxis se encuentran en los parqueos y talleres, sin uso alguno por su estado de deterioro, falta de piezas de repuesto y por el “canibalismo” (robo). A lo anterior se une que de 9 salidas  diarias entre  Colón y La Habana, ahora hay una;  un  ómnibus que circula en días alternos. De 22  diarias entre  Colón y Matanzas, ahora hay   dos camellos y un transbus que, en ocasiones, no realizan los  viajes previstos. De 12  diarias para cubrir la ruta  Colón-Jagüey (vía Perico), no circula ninguno. De 12 diarias entre  Jovellanos y Colón,  no circula ninguno. De 10  diarias a cubrir la ruta Cárdenas-Colón,  no circula ninguno. Si tomamos estas 5 rutas, a modo de ejemplo, veríamos que en total se realizaban 65 salidas diarias. Ahora estas rutas  cubren 7 salidas y no son sistemáticas.

Siendo frecuente encontrarse con un “apagón”,  falta del gas y agua, sin tener preparado nada para la comida, comenzando otro suplicio.

 ELECTRICIDAD

  A pesar de que la provincia  cuenta  con la termoeléctrica “Antonio Guiteras”, una de la más grande del país, los apagones son sistemáticos y pueden durar horas, de modo que al hacerse la  luz se dice que hay “alumbrones”. El alumbrado eléctrico en lugares públicos, tales como avenidas, exteriores, parques, establecimientos públicos, entre otros, es deficiente. Transitar por las calles y venidas en horas de la noche constituye un potencial peligro, por cuanto lo mismo  puede ser atropellado por una bicicleta, que ser asaltado por algún malhechor o malhechores.

ABASTO DE AGUA

Los acueductos existentes en ciudades, poblados y bateyes de la provincia no abastecen la demanda de tan apreciado líquido popular, por instalaciones construidas cuando la provincia no contaba con la cantidad de persona que tiene en la actualidad. A ello se suman los salideros. Esta problemática se ha planteada  en diversas ocasiones, en las asambleas de rendición de cuentas del Poder Popular, sin solución, por carecer de los recursos necesarios para solucionar tan grande problema. Al producirse los apagones  el  agua deja de entrar, al paralizarse  las tuberías.  El voltaje quema los transformadores de las turbinas, ocasionado por los apagones, lo cual incide en ese  abasto. Hay que acudir a las “pipas de agua”, encargadas de suministrar el preciado e indispensable líquido para la vida humana.

CONSTRUCCIÒN DE CALLES

El tránsito de vehículos pesados por las calles ha ocasionado huecos en diámetros y profundidad, lo que los  convierte ene baches. Cuando llueve se llenan de agua y ocasionan  accidentes de bicicletas, motos, automóviles y personas que andan a pie. Transitar por las noches por estas calles y avenidas constituye un peligro, agravado  por la carencia del alumbrado público o la falta de iluminación. Esto se ha planteado en varias ocasiones y la respuesta es que se  carece de recursos para solucionar tal problema. Mientras, los baches proliferan y no detienen ni su agrandamiento ni su profundidad.

ALGO SOBRE LOS CONVENIOS

TRABAJO FORZOSO

(Convenios y Recomendaciones)

 El Convenio sobre el Trabajo Forzoso, número 29 de 1930, prevé la supresión progresiva del mismo en todas sus formas y, durante el período transitorio, su utilización para fines públicos y como medida excepcional, en las condiciones y con las garantías estipuladas en sus diversos artículos.

 Este Convenio enfoca la problemática desde el punto de vista de los usos y costumbres vigentes, para  entones, en los  territorios coloniales. Más adelante, sin embargo, se señaló a la atención internacional  que el  trabajo forzoso se encontraba muy difundido   como medio de coerción política, o con fines económicos. La supresión de semejante sistema fue uno de los principales objetivos del Convenio sobre la abolición  del Trabajo Forzoso, no. 105 adoptado por la Conferencia Internacional del Trabajo  de 1957.

 Este Convenio exige la abolición inmediata y completa del trabajo forzoso u obligatorio, como método de movilización y utilización  de la mano de obra con fines de fomento económico, como medida de disciplina en el trabajo, castigo por participar en huelga, o como medida disciplinaria racial, social, nacional o religiosa.

IGUALDAD  DE  REMUNERACIÓN  ENTRE  HOMBRES  Y MUJERES

(Convenios y Recomendaciones)

 En 1951 la Organización Internacional del Trabajo adoptó el Convenio  número 100, de ese  año, sobre la igualdad de remuneración entre hombres y mujeres por un trabajo de igual valor. Fue uno de los  hitos más recordados de las actividades normativas de la OIT. Según sus términos los Estados que lo ratifique  deberá  promover, dentro de los límites compatibles con los métodos vigentes para determinar los salarios, y garantizar la aplicación de ese principio de igualdad,  lo cual hará mediante legislación, de contratos colectivos, o de los organismos de fijación de salarios.

 En 1958 la Conferencia  Internacional del Trabajo adoptó el Convenio  no.  111 y la Recomendación no. 111 sobre la discriminación de empleo y de ocupación. Ambos instrumentos  refieren  motivos de discriminación variados tales como: raza, sexo, opiniones políticas, entre otras.

 Estos Convenios y Recomendaciones alcanzan los sectores del empleo y la profesión,  tantos públicos como privados, y se extienden a la formación profesional y al acceso de determinados puestos  u ocupaciones, del mismo modo que a las condiciones del empleo en general.

 Los métodos propuestos en ellos, para luchar contra la discriminación, van desde  la intervención directa  por conducto de leyes, hasta las actividades educativas, y desde la intervención del Estado hasta la acción de las organizaciones de empleadores y de trabajadores, pero cada país dispone de un marco de discreción bastante amplio, al respecto.

 El aumento de número de mujeres que trabajan fuera de su hogar,  y no pueden conciliar fácilmente  sus responsabilidades familiares y profesionales, motivó en 1965 la adopción de la Recomendación no. 123, sobre el empleo de mujeres con responsabilidades familiares, sustituida en 1981 por el Convenio no. 156 y la

Recomendación no. 165. Estos instrumentos, que abarcan a los trabajadores  con responsabilidades familiares,  prevén su adopción  en campos tales como:  orientación y  formación profesional,  duración del trabajo,  vacaciones anuales, guarderías infantiles y la  seguridad social, de  medidas y políticas con objeto de que estos trabajadores puedan ejercer su derecho a laborar sin estar sujetos a discriminaciones y sin  que sus responsabilidades familiares entren en conflicto con sus responsabilidades profesionales.

DERECHO AL TRABAJO

(Convenios y Recomendaciones)

El derecho al trabajo es consagrado en la Ley de leyes de los Estados. Podría decirse que entre los Derechos Humanos Laborales, es el fundamental, por ser la preocupación de cada trabajador llevar el pan nuestro a su familia, en cualquier nación donde viva. Ciertas Recomendaciones de la OIT, adoptadas antes y después de la Segunda Guerra Mundial, reflejan opiniones sobre la mejor forma de responder a esa inquietud, entre las que se encuentra  desplegar una política dinámica de empleo.

Fue en 1964 cuando la Conferencia adoptó el Convenio y la Recomendación sobre política de empleo, ambos con el no. 122, completados en 1984 por la Recomendación no. 169, sobre esta materia.

El Convenio dispone que todo Estado  que lo ratifique deba tener como objetivo llevar a cabo una activa política de empleo, destinada a fomentar el pleno empleo,   productivo y libremente elegido. Al hacerlo deberá consultar a los representantes de los trabajadores y de los empleadores, a la vez que  aplicará métodos apropiados a las condiciones nacionales, teniendo en cuenta el nivel de desarrollo económico del país en cuestión. En la Recomendación complementaria se dan indicaciones más detalladas sobre las medidas  que se deben tomar.

En 1988 la Conferencia adoptó el Convenio no. 168 y la Recomendación no. 176, sobre el fomento del empleo y la  protección contra el desempleo. El Convenio   solicita a los Estados ratificantes adoptar medidas apropiadas para coordinar su régimen de protección contra el desempleo y su política de empleo. A tal fin  deberá procurar que su sistema de protección contra el desempleo contribuya al fomento del pleno empleo, productivo y libremente elegido. Las personas protegidas por el Convenio deberán abarcar no menos del 85 por ciento del conjunto de los asalariados, incluidos  funcionarios públicos y  aprendices.

 SALARIOS

 (Convenios y Recomendaciones)

La obligación de establecer salarios mínimos fue establecida por vez primera en 1928, mediante el Convenio no. 26 y la Recomendación no.30, aplicados a la industria y al comercio. Posteriormente, en 1949,  aparece el Convenio   no. 95, complementado por la Recomendación no. 85 de este año. El Convenio, que es de aplicación general, debe servir para proteger a los trabajadores contra procederes que puedan colocarlos indebidamente bajo la dependencia del empleador y también para asegurar que los salarios se paguen íntegramente y sin  demora.

  En 1951 la Conferencia Internacional del Trabajo adoptó para la agricultura el Convenio no.  99 y la Recomendación no. 89, los que imponen la obligación de establecer, o mantener, en funcionamiento  métodos para fijar tasas mínimas de salarios, en colaboración con los representantes de los empleadores y de los trabajadores interesados.  También prevén un sistema de control y sanciones.

Las normas más recientes sobre la matera  están contenidas en  el Convenio no. 131 y la Recomendación  135, de  1970, los cuales tienen en cuenta las necesidades de los países en desarrollo. Prevén la necesidad de establecer un sistema de  salarios mínimos aplicado a los asalariados cuyas condiciones de empleo hagan apropiada la aplicación de dicho  sistema. Además,  indican  los elementos a tener en cuenta parta determinar el nivel de los saliros y disponer el ajuste periódico de dicho nivel. Debe ser mencionado el Convenio no.  173, de 1992, sobre la protección de los créditos laborales, en caso de insolvencia del empleador.

 

DESCANSO SEMANAL Y VACACIONES PAGADAS

(Convenios y Recomendaciones)

EL Convenio no. 14, de 1921, prescribe el descanso semanal, en lo referente a la industria; mientras el  no. 106, de 1957, en lo referente al comercio y oficinas. En ambos se autoriza cierto grado de flexibilidad.

Las vacaciones pagadas están comprendidas en el Convenio no. 52, de 1936. Primero se prevé una semana de vacaciones anuales pagadas luego de un año de servicios continuo, para los obreros de la industria, el comercio y las oficinas.  Fue adoptado en una época en que muy  pocos países habían aceptado la idea de que hubiera tales vacaciones. En cuanto a los trabajadores agrícolas estos derechos están previstos en el Convenio  no. 91, de 1952, el cual tuvo notable influencia sobre las leyes y costumbres nacionales.  La  evolución acerca de las opiniones sobre las vacaciones anuales pagadas se reflejan en el Convenio no. 132, de 1970, aplicable a los obreros y empleados, quienes deberán gozar de vacaciones anuales pagadas que no serán inferior a las tres semanas, o a un período proporcional cuando la duración de los servicios sea de menos de un año.

 Excepto al personal del mar, quienes deberán gozar de vacaciones anuales que no serán, en ningún caso, inferiores a tres semanas, o a un período proporcional cuando la duración de los servicios sea de menos de un año.

por su parte, el Convenio no. 140, de 1974, es de importancia para los trabajadores al señalar un nuevo concepto de las vacaciones anuales pagadas al reconocer, a la vez, la necesidad de educación y formación permanente y el hecho de que esa necesidad debe satisfacerse, al menos en parte, mediante la concesión de licencias pagadas de estudios (se refiere a las licencias durante las horas de trabajo y con prestación económica adecuadas), con fines de formación profesional a todos los niveles, educación general y educación sindical. Este se encuentra complementado por la recomendación no. 148. El Convenio no. 177 y la Recomendación no. 184, adoptados por la Conferencia en 1996,  refieren medidas adecuadas para mejorar la situación de los trabajadores a domicilio.

El  trabajo  a tiempo parcial fue regulado por el Convenio  no. 175, de 1994. En él se enumeran medidas a tomar por los Estados Miembros con el fin de que los trabajadores a tiempo parciales  se beneficien de las mismas condiciones que los trabajadores a tiempo completos, en una situación comparable. Su artículo 9 enuncia las medidas para facilitar el acceso al trabajo a tiempo parcial. El Convenio no. 177 y la Recomendación no. 184, adoptados por la Conferencia en 1996, indican las medidas adecuadas para mejorar la situación de los trabajadores a domicilio.

 

PROTECCIÓN E HIGIENE DEL TRABAJO

 (Convenios y Recomendaciones)

La protección e higiene de trabajo ha sido una preocupación constante de las Organizaciones Internacionales relativas al trabajo. Su historia se remonta  a l921, cuando se adopta el Convenio  no. 13, concerniente a peligros provenientes de sustancias tóxicas, como la cerusa. En 1929,  entró en vigencia la Recomendación no.  31, sobre la prevención de los accidentes del trabajo. Una serie de convenios y recomendaciones, destinados a proteger a los trabajadores portuarios contra los accidentes, se reflejan en los Convenios nos. 27 y 28 de este año, además, de las Recomendaciones nos. 33 y 34., a las cuales se agrega la no. 40 de 1932.

En 1937  el Convenio no. 62 y la Recomendación  no.  53, complementaria,  fijan adopciones detalladas sobre la seguridad en la industria de la edificación. Posteriormente, en  1953, fue dictada la Recomendación no.  97,  sobre la protección de la salud de los obreros en sus lugares de trabajo. En l959 fue  proclamada la Recomendación no. 112 y en 1960 el Convenio no.  115,  relacionado con la exposición a radiaciones ionizantes. Luego la  Conferencia adoptó el Convenio no. 161 y la Recomendación no. 171, sobre servicios de salud en el trabajo, en lugares de empleo, o sus inmediaciones.

En el Convenio  no.  119, de 1963, adoptado por la Conferencia, prohíbe la venta, arrendamiento y utilización de maquinarias sin dispositivos adecuados de protección, a la vez que establece preceptos detallados sobre el tema.  En 1964 el Convenio no.  120 y la Recomendación complementaria, del mismo número, establecen los principios generales y  describen las medidas a tomar,  respecto a la higiene en los comercios y oficinas. El Convenio no. 127,  de l967,  reglamenta el peso máximo de la carga a transportar por un trabajador.

En el año 1971 se dicta el Convenio no. 136, sobre sustancias y agentes cancerígenos. Posteriormente el no.  139, de 1974, sobre materia de exposición a radicaciones ionizantes. El Convenio no. 148 fue adoptado por la Conferencia en 1977, al igual que la Recomendación no. 156, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos profesionales, debidos a la contaminación del aire, el ruido y las vibraciones en el lugar de trabajo. Ambos  se aplican a todas las ramas de actividad y detallan las medidas de prevención y protección que han de tomarse, así como los medios para hacerlas aplicar.  En 1979 son adoptados el Convenio no. 152 y la Recomendación  no. 160.

Los principios para poner en práctica una política en materia de seguridad social de los trabajadores y medios de trabajo, así como de la acción a desplegar tanto en el plano nacional como en el empresarial fue recogido en el Convenio no. 155 y la Recomendación no. 164, de 1981. En 1986 fue adoptado el Convenio no. 162, que trata sobre materia del asbesto. El Convenio no. 167, de 1988,  y la Recomendación no. 175, complementaria,  tratan sobre materia de seguridad y salud en la construcción, aplicables a las personas que laboran en ese sector.

En el Convenio no. 170, de 1990, relativo a las ramas donde son utilizados productos químicos, pide a los Estados ratificantes de  estos convenios  poner en práctica una política coherente de seguridad para la utilización de esas sustancias. Este Convenio está complementado por la Recomendación no. 177. En 1993 se dictan el Convenio no. 174 y la Recomendación no. 181, sobre la prevención de accidentes industriales mayores. Se establece el principio de la responsabilidad de los empleadores y de las autoridades competentes y presenta una lista de disposiciones que deben ser adatadas en materia de seguridad social, de identificación de instalaciones con riesgo y de inspección, al redactar informes de seguridad y accidentes. También indica los diferentes derechos de los trabajadores y de sus representantes, como sus obligaciones. La Recomendación trata, esencialmente, del tipo de información que deben intercambiarse a nivel internacional.

Finalmente, el Convenio no. 176 y la Recomendación no. 183, de 1995, tratan sobre seguridad y salud en las minas. Aplicable a las minas, con excepción de la industria de la prospección y de la extracción del petróleo y del gas. Cada Estado que ratifique el convenio tiene la obligación de formular y aplicar, luego de efectuar consultas con organizaciones representativas de  y empleadores, una legislación en materia de salud y de seguridad en las minas, en cuanto a  la inspección, la información y la formación.


 

 

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