Julio/17/04
SITUACIÓN ACTUAL DE LA PROVINCIA
DE MATANZAS
SECTOR CAMPESINO
Los campesinos matanceros presentan diversos niveles. El
independiente es aquel que se encuentra incorporado a una cooperativa o unidad
básica de producción, entidades dirigidas por el Estado, donde labora por un
salario que no se corresponde con lo que hace y apenas le alcanza para la
subsistencia. Este obrero asiste al trabajo mal calzado y con ropas en pésimo
estado y con poca nutrición. A pesar de ser productor directo de alimentos, su
situación deja mucho que desear. Por su pare, el campesino “independiente” es
quien conserva sus bienes de producción, y no se ha incorporado a las
cooperativas. Aunque se le promete ayuda con fertilizantes, petróleo y otros
renglones, esos recursos, importantes para la producción, se reciben en
cantidades insuficientes. También están los llamados “pequeños agricultores”,
obligados a entregar al Estado parte de su producción, entre ellos: leche,
granos, viandas, cerdos, etc., recibiendo a cambio precios irrisorios.
SECTOR AZUCARERO
La
situación de la industria azucarera es difícil. Algunos centrales de la
provincia no pueden participar en la actual contienda, lo cual trae por
consecuencia que miles obreros de ese sector se vean privados de esa producción
y del salario correspondiente. A tal efecto el Estado ha abierto centros
educacionales a los cuales asisten los obreros, como estudiantes, con el
objetivo de recibir superación técnica, pero estos trabajadores se encuentran en
la categoría de desvinculados. El obrero recibe un salario por estudiar pero,
¿qué le sucede a quien desaprueba? ¿El Estado continuará pagándole un salario
conociendo que ya no tiene cabeza para estudiar o carece de interés? Esta m
medida ha traído por consecuencia que obreros de cierta edad, desvinculados del
estudio, se vean en la obligación de solicitar la baja de la escuela y con ello
el beneficio salarial. Se
ofrece la oportunidad pero al no poder responder con el
aprendizaje, queda como si fuera por culpa del trabajador-estudiante. El fluir
de los camiones, carretas y otros medios mecánicos daban vida a los poblados
donde existían centrales azucareros. Los que desactivaron sus centrales carecen
de actividad laboral, con sus consecuencias nefastas. El central “Tinguaro”
ubicado en el municipio Colón (luego del lero. De enero de 1959 llamado Sergio
Gonzáles) y el “España Republicana”, en Perico, tienen una alarmante situación,
Al primero se le extrajo la maquinaria, para ubicarla en otros centrales de la
provincia. Esta industria, que fue gran productora, se encuentra desmantelada y
su estado constructivo es deplorable. Para poner en funcionamiento esta fábrica
es preciso invertir millones de dólares. Los moradores del batey “Tinguaro”, que
un día fuera uno de los mejores ingenios de la provincia, viven en el tedio y
sin esperanza de revivir su población laboral y su ingenio. El “España
Republicana”, considerado un coloso, tiene sus máquinas paralizadas. Todo ello
constituye motivo de preocupación para los vecinos, quienes ven su industria
paralizada. La desesperanza invaden a los habitantes de estos bateyes.
HOSPITALES Y POLICLÍNICOS
La provincia cuanta con 9 hospitales (8 civiles y
uno militar) ubicados 5 en matanzas (4 civiles y uno militar), Colón l, Jagüey
Grande l, Jovellanos l y Cárdenas l. Hay casos en que los pacientes, o sus
familiares, tienen que garantizar el medicamento, ejemplo la kanamicina,
Insulina U-100, etc. Existe carencia de hilo para saturar, las radiografías se
realizan en forma irregular, por no contar con la cantidad suficientes. El salón
de operaciones es para casos graves y/o urgentes, por no contar con anestesia
suficiente y otros recursos. Decenas de equipos se encuentran rotos y el
instrumental necesita reposición. En las clínicas dentales es hay carencia de
anestesia para las extracciones. Las prótesis presentan atrasos por falta de
materiales; el instrumental necesita reposición y los equipos están faltos de
mantenimiento. En los policlínicos el medicamento de los cuerpos de guardia es
insuficiente, falto, por ejemplo, la dextrosa al 5, 10 y 20%, gasas, etc.; los
laboratorios carecen de reactivos para hacer los análisis de urgencia y las
radiografías son limitadas. Las farmacias presentan falta de medicamentos como
pudieran ser las gotas óticas, cimetidina, captopril, entre otros.
CENTROS EDUCACIONALES
Con el de cursar del tiempo los centros
educacionales se han deteriorado en escala ascendente, por falta de
mantenimiento y pintura. La base material de estudio está incompleta, hay
asignaturas donde un libro de texto es utilizado por más de un alumno, además de
encontrarse en mal estado (sucios, faltos de páginas, etc.); pupitres y pizarras
en pésimas condiciones; laboratorios sin los equipos necesarios para que los
alumnos trabajen, tales como: microscopios, probetas, tubos de ensayo, mecheros,
reactivos químicos, …; los talleres se encuentran “canibaleados” y no existen:
martillos, serruchos, destornilladores, pinzas, llaves ajustables, …; el
uniforme escolar es uno por cada estudiante, por el período de tránsito por el
nivel educacional (6 años en la enseñanza primaria y 3 en la media); las
libretas y lápices son recibidos en forma restringida y, en ocasiones, la
escuela no cuenta con ellos para su reposición, siendo los padres los encargados
de procurarlos a sus hijos, adquiriéndolos en las tiendas de divisa, a elevados
precios; los recursos docentes para que el estudiante realice sus trabajos no
pueden ser garantizados, se trata de: compás, reglas, cartabones y
semi-círculos. Estos recursos son adquiridos por los padres, en dólar. La
merienda escolar es una simple panetela, conocida con el popular nombre de
“tranca buche”, de ahí que los padres provean de alimentos a sus hijos, en días
de visita a esos centros. Las áreas disponibles carecen de implementos para
que los alumnos efectúen ejercicios capaces de desarrollarlos físicamente. Las
canchas de baskeboll están faltas de pintura, muelles en mal estado, falta de
alumbrado eléctrico, guantes, bates, pelotas de béisbol y otros medios
deportivos.
POLÍTICA LABORAL
La política laboral se recrudece en los trabajadores que por su
modo de pensar difieren de la línea gubernamental. Estos obreros son propensos
a recibir sanciones laborales arbitrarias, que van desde la falta de idoneidad
hasta la no confiabilidad. En la provincia muchos de ellos han sido separados
de sus puestos de trabajo por no “ser confiables”
VIVIENDA
Tras el paso del meteoro “Michelle”, noviembre del 2001, se
vieron afectados 6 municipios (Los Arabos, Colón, Perico, Jovellanos, Jagüey
Grande y Ciénaga de Zapata); Total o parcialmente se destruyeron decenas de
miles de viviendas, cuyo estado constructivo, después del acontecimiento, no es
el mejor; la situación de la vivienda y el estándar de vida del trabajador
guardan relación con la dolarización de la economía. No es el salario el que
decide sino el dólar, ya que su acceso juega un papel preponderante en la vida y
en la vivienda de cada trabajador; es como decir: “si no tienes no puedes”. Los
materiales de construcción para ampliar, remozar y/o construir una vivienda son
garantizados en cantidades ínfimas, que no alcanzan. El obrero se ve en la
necesidad de acudir al mercado negro, donde existen estos recursos, a altos
precios en moneda nacional. Al trabajador que no tiene acceso al dólar le
resulta difícil reparar la vivienda donde habita, por cuanto el salario
recibido no le permite satisfacer esta necesidad.
ADOLESCENCIA Y JUVENTUD
En la provincia existen pocos espacios donde la juventud y la
adolescencia puedan esparcir sus ratos de ocio. Las llamadas discotecas,
situadas en las cabeceras de los municipios, son lugares donde asisten jóvenes y
adolescentes para iniciarse en el uso y consumo de alcohol, cigarrillos y
drogas. Aunque existe una ley que sanciona a quien venda bebidas alcohólicas y
cigarrillos a menores, lo cierto es que jóvenes y adolescentes acuden a estos
sitios y allí compran esos productos, violando, los vendedores, la ley. El
hábito de fumar se ha enraizado en jóvenes y adolescentes que, para estar en
“sintonía y en onda”. La sexualidad es otro de los males que se ha incrementado
entre los jóvenes y adolescentes. El estado se pronuncia porque los jóvenes no
tengan sexo antes de estar maduros física y biológicamente, pero el adolescente,
en busca de experiencia, establece una relación sexual no protegida, con el
consecuente aumento de enfermedades tales como: condyloma, herpes genitales y
gonorreas, entre otros. El consumo de drogas, sobretodo en Varadero y Ciénega de
Zapata, va en ascenso a medida que el tiempo transcurre.
AMAS DE CASA
El mayor reto que tienen las amas de casa es el plato de comida
a llevar a la mesa. La elaboración de los alimentos conlleva esfuerzo,
sacrificio y preocupación, por cuanto es conocido que la canasta básica no
alcanza solo para unos días. El mes se compone de 30 almuerzos y 30 comidas, a
elaborar 60, cuando lo recibido alcanza para algunas comidas. Los condimentos
y demás productos necesarios para la elaboración de los alimentos se comprar a
precios desfavorables, en agro mercados estatales o a vendedores ambulantes.
MUJER TRABAJADORA
En
este sector la situación es compleja y más difícil que lo afrontado por las amas
de casa, por cuanto la mujer trabajadora enfrenta una doble jornada. Al llegar
a la casa, cansada y agotada, tiene que enfrentar los retos del ama de casa,
solo que en su caso el tiempo es limitado ya que sale de su hogar por la mañana
y regresa por la tarde, siendo
SECTOR EDUCACIONAL
A los obreros del sector educacional se les aplica una escala
salarial que lejos de proporcionarle bienestar, los obliga a cumplir actividades
y objetivos que no tienen que ver con la educación de los estudiantes. Entre
ellos participar en trabajos voluntarios convocados por el centro, actos
políticos efectuados dentro y fuera del plantel, días de la defensa; cumplir con
el pago de las milicias de tropas territoriales y otros. Para transitar por la
escala salarial el educador depende de una evaluación integral, realizada al
finalizar el curso escolar, la que está en correspondencia con el cumplimiento
de las actividades anteriormente señaladas y otras que pudieran presentase
durante el año escolar.
SITUACIÓN DE LOS CUENTA PROPISTAS
Cuando se hizo firme la ley que autoriza la libre incorporación
al trabajo por cuenta apropia, miles de matanceros se incorporarse a éste,
irrumpiendo una representativa fuerza laboral. Con el pequeño negocio privado el
Estado se vio obligado a adoptar medidas que impidieran la consolidación de
los cuentapropistas, como clase económica independiente. Para poner coto a su
desarrollo se instituyó el impuesto, la visitas de inspectores estatales que
por cualquier motivo pueden poner multas de hasta mil quinientos pesos, cierre
de locales por encontrarlos no aptos higiénicamente para el expendio de
alimentos; encadenamiento a las tiendas en divisa, ya que deben ser presentado
los vales de compra de los productos en venta. Esta medida trajo por
consecuencia que se adquieran, por vía no convencional, dichos vales, además de
otros males dimanados de la actividad, en aras de mantener el negocio, a toda
costa, contra los inspectores desmedidos.
SECTOR DE LA SALUD
En este sector las metas atentan contra el buen
desenvolvimiento de la actividad, al encontrarse los médicos de la familia
obligados a cumplir planes que comprenden, por ejemplo: 3 esputos, de 5 a 25
pruebas citológicos, 5 exámenes de gota gruesa, entre otros. Si al finalizar el
mes estas metas no han sido cumplidas la evaluación no será satisfactoria y el
incumplimiento puede acarrear afectación salarial hasta un 5%, o la Dirección
Municipal de Salud Pública determinar hasta un 15%. Para no afectarse salarial
mente se envían a laboratorios clínicos pacientes, para realizar esos exámenes
aunque no sean necesarios. Ejemplo, por una gripe indicar examen de esputo. De
igual forma se trabaja en los restantes parámetros contemplados dentro del
“Plan”. El aumento salarial en este sector obliga a los trabajadores a actuar en
contra de su ética profesional, para no afectarse salarial mente.
SECTOR DEL TURISMO
Muchos trabajadores profesionales han renunciado a su
especialidad para incorporarse, como simples trabajadores, a laborar en
hoteles y villas turísticas. Ingenieros, técnicos y licenciados, entre otros,
laboran de barman, carpeteros, jardineros, ayudantes de cocina, etc. esos
trabajadores, a diferencia de otros, reciben propina en dólar y tienen una
alimentación balanceada y nutritiva. No obstante a esas prerrogativas esos
están en la obligación de entregar un por ciento de su propina al Estado, no
recibe el justo valor de su salario para lo cual se preparó en las
universidades. A pesar de ser considerado este sector como privilegiado, su
trabajador no escapa a las leyes de su explotación laboral socialista. No es lo
mismo un salario de $200.00 dólares que de $200.00 pesos cubanos. La diferencia
es ostensible.
AGROMERCADOS ESTATALES
Los productos liberados del agro mercado estatal (no normado)
son adquiridos a precios no asequibles a la población trabajadora. Los productos
comercializados en las tiendas cuya venta es en divisa son, precisamente, los
más necesitados por el pueblo y para adquirirlos es necesario el dólar. Si i
este no se posee hay que adquirirlo en la calle, a 28 pesos cubanos y más,
debido a que en Matanzas el dólar no se vende por el Estado. Los precios son
abusivos, sobre todo cuando se necesita convertir en dólar el dinero cubano.
TRANSPORTE
Para el disfrute del turismo existen confortables y modernos
medios de transporte tales como: ómnibus, automóviles y taxis, con aire
acondicionado y recursos que hacen placentero el traslado de un lugar a otro.
Decenas y decenas de ellos están a disposición de los turistas, en los polos
turísticos de Varadero y Ciénaga de Zapata. Una situación diferente presenta el
pueblo trabajador. Los llamados “camellos” y “transbus” son rastras
preparadas, carentes de confort, donde se hacinan las personas. Este es el medio
frecuente de los matanceros, ya que los ómnibus en circulación son apenas unos
cuantos y no abastecen la demanda popular. El transporte provincial ha declinado
vertiginosamente. Decenas de ómnibus y taxis se encuentran en los parqueos y
talleres, sin uso alguno por su estado de deterioro, falta de piezas de repuesto
y por el “canibalismo” (robo). A lo anterior se une que de 9 salidas diarias
entre Colón y La Habana, ahora hay una; un ómnibus que circula en días
alternos. De 22 diarias entre Colón y Matanzas, ahora hay dos camellos y un
transbus que, en ocasiones, no realizan los viajes previstos. De 12 diarias
para cubrir la ruta Colón-Jagüey (vía Perico), no circula ninguno. De 12
diarias entre Jovellanos y Colón, no circula ninguno. De 10 diarias a cubrir
la ruta Cárdenas-Colón, no circula ninguno. Si tomamos estas 5 rutas, a modo de
ejemplo, veríamos que en total se realizaban 65 salidas diarias. Ahora estas
rutas cubren 7 salidas y no son sistemáticas.
Siendo frecuente encontrarse con un
“apagón”, falta del gas y agua, sin tener preparado nada para la comida,
comenzando otro suplicio.
ELECTRICIDAD
A pesar de que la provincia cuenta con la termoeléctrica
“Antonio Guiteras”, una de la más grande del país, los apagones son sistemáticos
y pueden durar horas, de modo que al hacerse la luz se dice que hay
“alumbrones”. El alumbrado eléctrico en lugares públicos, tales como avenidas,
exteriores, parques, establecimientos públicos, entre otros, es deficiente.
Transitar por las calles y venidas en horas de la noche constituye un potencial
peligro, por cuanto lo mismo puede ser atropellado por una bicicleta, que ser
asaltado por algún malhechor o malhechores.
ABASTO DE AGUA
Los acueductos existentes en ciudades, poblados y bateyes de la
provincia no abastecen la demanda de tan apreciado líquido popular, por
instalaciones construidas cuando la provincia no contaba con la cantidad de
persona que tiene en la actualidad. A ello se suman los salideros. Esta
problemática se ha planteada en diversas ocasiones, en las asambleas de
rendición de cuentas del Poder Popular, sin solución, por carecer de los
recursos necesarios para solucionar tan grande problema. Al producirse los
apagones el agua deja de entrar, al paralizarse las tuberías. El voltaje
quema los transformadores de las turbinas, ocasionado por los apagones, lo cual
incide en ese abasto. Hay que acudir a las “pipas de agua”, encargadas de
suministrar el preciado e indispensable líquido para la vida humana.
CONSTRUCCIÒN DE CALLES
El tránsito de vehículos pesados por las calles ha ocasionado
huecos en diámetros y profundidad, lo que los convierte ene baches. Cuando
llueve se llenan de agua y ocasionan accidentes de bicicletas, motos,
automóviles y personas que andan a pie. Transitar por las noches por estas
calles y avenidas constituye un peligro, agravado por la carencia del alumbrado
público o la falta de iluminación. Esto se ha planteado en varias ocasiones y la
respuesta es que se carece de recursos para solucionar tal problema. Mientras,
los baches proliferan y no detienen ni su agrandamiento ni su profundidad.
ALGO SOBRE LOS CONVENIOS
TRABAJO FORZOSO
(Convenios y Recomendaciones)
El Convenio sobre el Trabajo Forzoso, número 29 de
1930, prevé la supresión progresiva del mismo en todas sus formas y, durante
el período transitorio, su utilización para fines públicos y como medida
excepcional, en las condiciones y con las garantías estipuladas en sus diversos
artículos.
Este Convenio enfoca la problemática desde el punto de
vista de los usos y costumbres vigentes, para entones, en los territorios
coloniales. Más adelante, sin embargo, se señaló a la atención internacional
que el trabajo forzoso se encontraba muy difundido como medio de coerción
política, o con fines económicos. La supresión de semejante sistema fue uno de
los principales objetivos del Convenio sobre la abolición del Trabajo
Forzoso, no. 105 adoptado por la Conferencia Internacional del Trabajo de
1957.
Este Convenio exige la abolición inmediata y completa
del trabajo forzoso u obligatorio, como método de movilización y utilización de
la mano de obra con fines de fomento económico, como medida de disciplina en el
trabajo, castigo por participar en huelga, o como medida disciplinaria racial,
social, nacional o religiosa.
IGUALDAD DE REMUNERACIÓN ENTRE HOMBRES Y MUJERES
(Convenios y Recomendaciones)
En 1951 la Organización Internacional del Trabajo adoptó
el Convenio número 100, de ese año, sobre la igualdad de remuneración
entre hombres y mujeres por un trabajo de igual valor. Fue uno de los hitos más
recordados de las actividades normativas de la OIT. Según sus términos los
Estados que lo ratifique deberá promover, dentro de los límites compatibles
con los métodos vigentes para determinar los salarios, y garantizar la
aplicación de ese principio de igualdad, lo cual hará mediante legislación, de
contratos colectivos, o de los organismos de fijación de salarios.
En 1958 la Conferencia Internacional del Trabajo adoptó
el Convenio no. 111 y la Recomendación no. 111 sobre la
discriminación de empleo y de ocupación. Ambos instrumentos refieren motivos
de discriminación variados tales como: raza, sexo, opiniones políticas, entre
otras.
Estos Convenios y Recomendaciones alcanzan los
sectores del empleo y la profesión, tantos públicos como privados, y se
extienden a la formación profesional y al acceso de determinados puestos u
ocupaciones, del mismo modo que a las condiciones del empleo en general.
Los métodos propuestos en ellos, para luchar contra la
discriminación, van desde la intervención directa por conducto de leyes, hasta
las actividades educativas, y desde la intervención del Estado hasta la acción
de las organizaciones de empleadores y de trabajadores, pero cada país dispone
de un marco de discreción bastante amplio, al respecto.
El
aumento de número de mujeres que trabajan fuera de su hogar, y no pueden
conciliar fácilmente sus responsabilidades familiares y profesionales,
motivó en 1965 la adopción de la Recomendación no. 123, sobre el
empleo de mujeres con responsabilidades familiares, sustituida en 1981
por el Convenio no. 156 y la
Recomendación no. 165. Estos
instrumentos, que abarcan a los trabajadores con responsabilidades familiares,
prevén su adopción en campos tales como: orientación y formación
profesional, duración del trabajo, vacaciones anuales, guarderías infantiles y
la seguridad social, de medidas y políticas con objeto de que estos
trabajadores puedan ejercer su derecho a laborar sin estar sujetos a
discriminaciones y sin que sus responsabilidades familiares entren en conflicto
con sus responsabilidades profesionales.
DERECHO AL TRABAJO
(Convenios y Recomendaciones)
El derecho al trabajo es consagrado en la Ley de leyes de los
Estados. Podría decirse que entre los Derechos Humanos Laborales, es el
fundamental, por ser la preocupación de cada trabajador llevar el pan nuestro a
su familia, en cualquier nación donde viva. Ciertas Recomendaciones de la
OIT, adoptadas antes y después de la Segunda Guerra Mundial, reflejan opiniones
sobre la mejor forma de responder a esa inquietud, entre las que se encuentra
desplegar una política dinámica de empleo.
Fue en 1964 cuando la Conferencia adoptó el Convenio
y la Recomendación sobre política de empleo, ambos con el no. 122,
completados en 1984 por la Recomendación no. 169, sobre esta
materia.
El Convenio dispone que todo Estado que lo ratifique
deba tener como objetivo llevar a cabo una activa política de empleo, destinada
a fomentar el pleno empleo, productivo y libremente elegido. Al hacerlo deberá
consultar a los representantes de los trabajadores y de los empleadores, a la
vez que aplicará métodos apropiados a las condiciones nacionales, teniendo en
cuenta el nivel de desarrollo económico del país en cuestión. En la
Recomendación complementaria se dan indicaciones más detalladas sobre las
medidas que se deben tomar.
En 1988 la Conferencia adoptó el Convenio no. 168
y la Recomendación no. 176, sobre el fomento del empleo y la protección
contra el desempleo. El Convenio solicita a los Estados ratificantes adoptar
medidas apropiadas para coordinar su régimen de protección contra el desempleo y
su política de empleo. A tal fin deberá procurar que su sistema de protección
contra el desempleo contribuya al fomento del pleno empleo, productivo y
libremente elegido. Las personas protegidas por el Convenio deberán
abarcar no menos del 85 por ciento del conjunto de los asalariados, incluidos
funcionarios públicos y aprendices.
SALARIOS
(Convenios y Recomendaciones)
La obligación de establecer salarios mínimos fue establecida por
vez primera en 1928, mediante el Convenio no. 26 y la
Recomendación no.30, aplicados a la industria y al comercio. Posteriormente,
en 1949, aparece el Convenio no. 95, complementado por la
Recomendación no. 85 de este año. El Convenio, que es de aplicación
general, debe servir para proteger a los trabajadores contra procederes que
puedan colocarlos indebidamente bajo la dependencia del empleador y también para
asegurar que los salarios se paguen íntegramente y sin demora.
En 1951 la Conferencia Internacional del Trabajo adoptó
para la agricultura el Convenio no. 99 y la Recomendación no. 89,
los que imponen la obligación de establecer, o mantener, en funcionamiento
métodos para fijar tasas mínimas de salarios, en colaboración con los
representantes de los empleadores y de los trabajadores interesados. También
prevén un sistema de control y sanciones.
Las normas más recientes sobre la matera están contenidas en
el Convenio no. 131 y la Recomendación 135, de 1970, los cuales
tienen en cuenta las necesidades de los países en desarrollo. Prevén la
necesidad de establecer un sistema de salarios mínimos aplicado a los
asalariados cuyas condiciones de empleo hagan apropiada la aplicación de dicho
sistema. Además, indican los elementos a tener en cuenta parta determinar el
nivel de los saliros y disponer el ajuste periódico de dicho nivel. Debe ser
mencionado el Convenio no. 173, de 1992, sobre la protección de
los créditos laborales, en caso de insolvencia del empleador.
DESCANSO SEMANAL Y VACACIONES PAGADAS
(Convenios y Recomendaciones)
EL Convenio no. 14, de 1921, prescribe el descanso
semanal, en lo referente a la industria; mientras el no. 106, de 1957,
en lo referente al comercio y oficinas. En ambos se autoriza cierto grado de
flexibilidad.
Las vacaciones pagadas están comprendidas en el Convenio
no. 52, de 1936. Primero se prevé una semana de vacaciones anuales
pagadas luego de un año de servicios continuo, para los obreros de la industria,
el comercio y las oficinas. Fue adoptado en una época en que muy pocos países
habían aceptado la idea de que hubiera tales vacaciones. En cuanto a los
trabajadores agrícolas estos derechos están previstos en el Convenio no.
91, de 1952, el cual tuvo notable influencia sobre las leyes y costumbres
nacionales. La evolución acerca de las opiniones sobre las vacaciones anuales
pagadas se reflejan en el Convenio no. 132, de 1970, aplicable a
los obreros y empleados, quienes deberán gozar de vacaciones anuales pagadas que
no serán inferior a las tres semanas, o a un período proporcional cuando la
duración de los servicios sea de menos de un año.
Excepto al personal del mar, quienes deberán gozar de
vacaciones anuales que no serán, en ningún caso, inferiores a tres semanas, o a
un período proporcional cuando la duración de los servicios sea de menos de un
año.
por su parte, el Convenio no. 140, de 1974, es de
importancia para los trabajadores al señalar un nuevo concepto de las vacaciones
anuales pagadas al reconocer, a la vez, la necesidad de educación y formación
permanente y el hecho de que esa necesidad debe satisfacerse, al menos en parte,
mediante la concesión de licencias pagadas de estudios (se refiere a las
licencias durante las horas de trabajo y con prestación económica adecuadas),
con fines de formación profesional a todos los niveles, educación general y
educación sindical. Este se encuentra complementado por la recomendación no.
148. El Convenio no. 177 y la Recomendación no. 184, adoptados por
la Conferencia en 1996, refieren medidas adecuadas para mejorar la
situación de los trabajadores a domicilio.
El trabajo a tiempo parcial fue regulado por el Convenio
no. 175, de 1994. En él se enumeran medidas a tomar por los Estados
Miembros con el fin de que los trabajadores a tiempo parciales se beneficien de
las mismas condiciones que los trabajadores a tiempo completos, en una situación
comparable. Su artículo 9 enuncia las medidas para facilitar el acceso al
trabajo a tiempo parcial. El Convenio no. 177 y la Recomendación
no. 184, adoptados por la Conferencia en 1996, indican las medidas adecuadas
para mejorar la situación de los trabajadores a domicilio.
PROTECCIÓN E HIGIENE DEL TRABAJO
(Convenios y Recomendaciones)
La protección e higiene de trabajo ha sido una preocupación
constante de las Organizaciones Internacionales relativas al trabajo. Su
historia se remonta a l921, cuando se adopta el Convenio no. 13,
concerniente a peligros provenientes de sustancias tóxicas, como la cerusa. En
1929, entró en vigencia la Recomendación no. 31, sobre la
prevención de los accidentes del trabajo. Una serie de convenios y
recomendaciones, destinados a proteger a los trabajadores portuarios contra los
accidentes, se reflejan en los Convenios nos. 27 y 28 de este año,
además, de las Recomendaciones nos. 33 y 34., a las cuales se agrega la
no. 40 de 1932.
En 1937 el Convenio no. 62 y la Recomendación
no. 53, complementaria, fijan adopciones detalladas sobre la seguridad en la
industria de la edificación. Posteriormente, en 1953, fue dictada la
Recomendación no. 97, sobre la protección de la salud de los obreros en
sus lugares de trabajo. En l959 fue proclamada la Recomendación
no. 112 y en 1960 el Convenio no. 115, relacionado con la
exposición a radiaciones ionizantes. Luego la Conferencia adoptó el Convenio
no. 161 y la Recomendación no. 171, sobre servicios de salud en el
trabajo, en lugares de empleo, o sus inmediaciones.
En el Convenio no. 119, de 1963, adoptado por la
Conferencia, prohíbe la venta, arrendamiento y utilización de maquinarias sin
dispositivos adecuados de protección, a la vez que establece preceptos
detallados sobre el tema. En 1964 el Convenio no. 120 y la
Recomendación complementaria, del mismo número, establecen los principios
generales y describen las medidas a tomar, respecto a la higiene en los
comercios y oficinas. El Convenio no. 127, de l967, reglamenta
el peso máximo de la carga a transportar por un trabajador.
En el año 1971 se dicta el Convenio no. 136, sobre
sustancias y agentes cancerígenos. Posteriormente el no. 139, de 1974,
sobre materia de exposición a radicaciones ionizantes. El Convenio no.
148 fue adoptado por la Conferencia en 1977, al igual que la
Recomendación no. 156, sobre la protección de los trabajadores contra los
riesgos profesionales, debidos a la contaminación del aire, el ruido y las
vibraciones en el lugar de trabajo. Ambos se aplican a todas las ramas de
actividad y detallan las medidas de prevención y protección que han de tomarse,
así como los medios para hacerlas aplicar. En 1979 son adoptados el
Convenio no. 152 y la Recomendación no. 160.
Los principios para poner en práctica una política en materia de
seguridad social de los trabajadores y medios de trabajo, así como de la acción
a desplegar tanto en el plano nacional como en el empresarial fue recogido en el
Convenio no. 155 y la Recomendación no. 164, de 1981. En
1986 fue adoptado el Convenio no. 162, que trata sobre materia del
asbesto. El Convenio no. 167, de 1988, y la Recomendación
no. 175, complementaria, tratan sobre materia de seguridad y salud en la
construcción, aplicables a las personas que laboran en ese sector.
En el Convenio no. 170, de 1990, relativo a las
ramas donde son utilizados productos químicos, pide a los Estados ratificantes
de estos convenios poner en práctica una política coherente de seguridad para
la utilización de esas sustancias. Este Convenio está complementado por
la Recomendación no. 177. En 1993 se dictan el Convenio no.
174 y la Recomendación no. 181, sobre la prevención de accidentes
industriales mayores. Se establece el principio de la responsabilidad de los
empleadores y de las autoridades competentes y presenta una lista de
disposiciones que deben ser adatadas en materia de seguridad social, de
identificación de instalaciones con riesgo y de inspección, al redactar informes
de seguridad y accidentes. También indica los diferentes derechos de los
trabajadores y de sus representantes, como sus obligaciones. La Recomendación
trata, esencialmente, del tipo de información que deben intercambiarse a nivel
internacional.
Finalmente, el Convenio no. 176 y la Recomendación
no. 183, de 1995, tratan sobre seguridad y salud en las minas. Aplicable
a las minas, con excepción de la industria de la prospección y de la extracción
del petróleo y del gas. Cada Estado que ratifique el convenio tiene la
obligación de formular y aplicar, luego de efectuar consultas con organizaciones
representativas de y empleadores, una legislación en materia de salud y de
seguridad en las minas, en cuanto a la inspección, la información y la
formación.
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